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Los derechos que tenemos cuando pagamos un peaje en Colombia

Siempre que salimos de viaje en el auto, hacemos cuentas de los gastos, combustible, la alimentación, hospedaje y los peajes que a veces suelen ser costosos, adicional a eso, las filas que se hacen para cancelarlos hacen de esto una experiencia desagradable.

Pagamos el peaje y fuera de eso le damos las gracias, y uno se queda pensando por que le doy las gracias, si me están cobrando por transitar una vía de mi propio país, no será suficiente el pago de nuestros impuestos. ¿Sabe usted para que sirve pagar el peaje? En pruebaderuta.com le contamos a que tiene derecho por el pago del peaje.

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¿Qué es un peaje?

El concepto de peaje: es la tarifa que se cobra a un medio de transporte, terrestre, fluvial o marítimo como derecho de Transito y para utilizar la infraestructura de la vía de comunicación; en el caso de los automóviles para circular por una autopista. A los barcos por circular por un canal o hidrobia.

En la mayoría de los casos la vía o ruta marítima sujeta a peaje permite a los usuarios ahorrar tiempo de viaje y reducir sus costos de operación, con respecto al tránsito por vías o rutas alternas libres de peaje. Bastante amplio el concepto para la realidad, en algunas concesiones si se observa el cumplimento de esto, pero en la gran mayoría no.

Pero sabía usted que adicional a pagar por el mantenimiento de las vías usted está respaldado por la compañía en concesión, en varios aspectos que mencionaremos a continuación. Recuerde que el pago del peaje solo lo cubre las 24 horas seguidas al pago de la factura en dicha caseta.

Los peajes en Colombia están regulados por diferentes empresas concesionarias, así que por ningún motivo, extravíe el recibo expedido, puesto que aquí se encuentra impresa la información del peaje y la línea de atención inmediata a la cual deberá recurrir en caso tal, usted llega a necesitarlos.

Los servicios o derechos deben ser garantizados por los dueños de los peajes y en caso de pérdida de la factura solo debe llamar a la policía de carreteras, marcando desde el celular al #767 y ellos se encargaran de poner en contacto con la estación de peaje encargada.

¿A qué tenemos derecho cuando pagamos un peaje en Colombia?

Ambulancia

Para su información, los peajes deben contar por lo menos con una ambulancia, que debe estar bien equipada para acudir de forma inmediata y brindar los primeros auxilios, atender accidentes de tránsito y por menores que ocurran en el tramo protegido, deben acudir de inmediato, brindar los primeros auxilios a las personas con traumas y en caso de presentarse heridos estos deben ser atendidos y luego trasladados hasta los hospitales y clínicas de acuerdo a la gravedad del accidente. Recuerde que el servicio de ambulancia no solo presta atención básica sino especializada de traumatología.

Servicio de grúa

Una grúa disponible para acudir en caso de que su vehículo quede inmovilizado, tiene el derecho de solicitar grúa, para que su vehículo sea retirado de la vía y transportado al servicio técnico más cercano, dentro de los límites de cobertura de la concesión. Si su auto ha salido del límite de cobertura, debe solicitar una grúa privada que lo saque de apuros. Este servicio le ahorra costos e inconvenientes.

Personal capacitado para atención de necesidades viales

Los concesionarios deben tener a la mano, enlaces directos con la Policía Nacional, con los agentes de tránsito y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios para atender cualquier situación que se presente en las vías, El estado de las vías debe estar supervisada por los revisores de los concesionarios, dentro del tramo deben haber cabinas telefónicas a la orilla del camino para ponerse en contacto con las torres de control que rigen los peajes.

Ya nos queda claro que a la hora de pagar el peaje no solo pagamos por el buen estado de las vías, sino que también garantizamos los servicios descritos anteriormente. El bienestar en la vía debe ser garantizado por los operadores de la concesión, recuerde los derechos que tiene en caso de llegar a necesitarlos.

Fuente: pruebaderuta.com